El Juzgado de Instrucción y Correccional Nº3 procesó a 6 sujetos como coautores y partícipes necesarios por administrar estupefacientes a una yegua antes de una carrera ilegal, lo que resultó en la muerte del animal en plena competencia. En el caso de la prisión preventiva no se hará efectiva porque se les otorgó eximición de prisión.
Imagen Archivo Web |
El 27 de agosto del año 2017 durante una carrera de caballos en el Hípico Jockey Club Goya, y al largar una de las competencias programadas, una yegua llamada “Doña Fantasía” tropezó a pocos metros de la largada, cayendo a la pista con su monta. El jinete fue llevado al hospital por presentar lesiones leves; pero el caballo murió en el lugar.
El informe veterinario refirió la rotura completa en el tronco arterial braquicefálico: cortado en su totalidad a unos 5 cm de bifurcación de la aorta, y se indicó como causa de muerte “paro cardio-respiratorio, por traumatismo y rotura del tronco braquicefálico”, lo que estima “causado por elevada presión arterial por sobre exigencia”.
El examen del perito bioquímico de la UFIE del Poder Judicial detectó presencia de estricnina (potente estimulante del sistema nervioso central y convulsivante, cuya ingestión puede resultar en convulsiones tónicas y la muerte se produce por parálisis respiratoria) y dipipanona (droga analgésica opioide fuerte).
Ambas son sustancias prohibidas en competiciones organizadas bajo las normas de la F.E.I. (Federación Ecuestre Internacional).
El doctor Darío Alejandro Ortiz, titular del Juzgado de Instrucción y Correccional Nº3 de Goya, explicó que ”Al margen de la dificultad en la determinación de quien procedió a suministrar las sustancias estimulantes al animal antes de la competencia (sin importar por qué vía), puede afirmarse que ambos, Raúl César Sand (propietario y/o encargado del animal) y Juan Rolando Gómez (jinete), en contacto directo con la yegua “Doña Fantasía” e interesados en que ganara atento a las apuestas realizadas, lo hicieron para modificar la aptitud o rendimiento del equino, provocando su colapso durante la carrera, a metros de la largada”.
Es decir que se los considera coautores del delito de dopaje de animal agravado por utilización de estupefacientes.
Evaluó también que había indicios suficientes para incriminar a Alfredo Amalio González, Armando Ariel Jaime, Germán Javier Fernando Díaz y Diego Matías Chapero en carácter de partícipes necesarios, al facilitar la organización del evento ecuestre sin control alguno en orden al dopaje de los animales, lo que en el caso de González, Jaime, Díaz y Chapero se daba en paralelo con el delito de apuestas ilegales.
De hecho, el evento fue publicitado como “Gran Fiesta Cuadrera” -según panfleto que integra el material secuestrado-, apareciendo “Doña Fantasía” entre los competidores, Sand como propietario y Bella Vista como origen, figurando aquéllos como quienes “organizaban”, con sus respectivos teléfonos.
El juez decretó la prisión preventiva de los procesados Sand, Gómez, González, Jaime, Díaz y Chapero, sin hacerla efectiva por cuanto se acordó la eximición de prisión de oficio, bajo caución juratoria que prestarán ante la Prevención Policial.
En el mismo acto, el magistrado dictó la falta de mérito a favor de José Gustavo Sand (a) “Pepe”, del presunto delito de dopaje de animal agravado; como también de Pedro Bordón, y Juan Romero Pucciariello, en orden a los presuntos delitos de dopaje de animal agravado, asociación ilícita y apuestas ilegales.
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