El Tribunal de Juicio de Paso de los Libres, integrado de modo unipersonal para una causa de hurto agravado, concluyó el martes la primera audiencia de juicio en la provincia bajo el nuevo Código Procesal Penal.
El imputado fue declarado culpable y responsable penal de los hechos, y la pena será dada a conocer el viernes.
El Tribunal de Juicio de Paso de los Libres se convirtió en el primer Tribunal en dictar sentencia bajo el nuevo Código Procesal Penal, cuando el martes por la tarde el doctor Gustavo Ifran declaró culpable y responsable penal de los hechos a un hombre por hurto agravado por escalamiento en grado de tentativa en grado de tentativa (arts. 163, inc. 4 y 42 del Código Penal).
En efecto, por el tipo de delito juzgado la norma establece que el Tribunal de Juicio se integre de modo unipersonal para llevar adelante el proceso.
En este caso el doctor Ifran llevó adelante dos audiencias, una el lunes 8 y otra el martes 9 en horario vespertino.
En la primera se procedió a la apertura del debate, se presentaron los alegatos de apertura y declararan los primeros 4 testigos, empezando por los propuestos por la acusación.
En la segunda declararon 2 testigos restantes y se produjeron los alegatos de cierre, para luego dictarse el veredicto luego de un cuarto intermedio en el que doctor Ifran se retiró para analizar los hechos.
Con el nuevo Código Procesal Penal el magistrado toma conocimiento de la causa recién al momento de que ingresa a la sala y se realizan las audiencias.
“A diferencia del sistema anterior, los magistrados no tenemos intervención en la investigación, nos anoticiamos de lo que vamos a juzgar en el momento, escuchando a las partes.
De ese modo no vemos afectada la imparcialidad. Es un nuevo paradigma el que estamos poniendo en práctica” indicó el doctor Ifran.
El Fiscal que intervino es el doctor Facundo Alfredo Sotelo y la Defensa Oficial fue ejercida por la doctora María Susana Ferreyra.
El juez destacó el lenguaje que se emplea para dar a conocer el veredicto: “es coloquial, llano, sin tecnicismos…la persona debe comprender los hechos que se juzgaron y la decisión a la que se arribó”.
Tras declararlo culpable y responsable penal del hecho, el Tribunal de Juicio dará a conocer la pena en una última audiencia el día viernes 12.
Desarrollo de la causa
El hecho tuvo lugar el 12 de noviembre pasado.
Al día siguiente se inició el legajo judicial correspondiente a esta causa, en una audiencia unilateral en la que el Fiscal doctor Sotelo solicitó la conversión de la aprehensión en detención.
El Juez de Garantía, doctor Gabriel Aldaz, hizo lugar al pedido.
El 14 de noviembre se realizó una audiencia inicial multipropósito, en razón de aplicarse el procedimiento de flagrancia. La duración de la audiencia fue de 17.37 minutos.
El fiscal solicitó la prisión preventiva por término de 30 días, formuló imputación por el delito de hurto calificado por escalamiento en grado de tentativa.
Intervino como juez subrogante doctor Agustín Gatti, quien resolvió imponer prisión preventiva pero por el término de 15 días.
El 27 de noviembre tuvo lugar la audiencia de clausura, con una duración de 35.54 minutos, e intervino el doctor Aldaz.
Se formuló acusación y no solicitó la renovación de la prisión preventiva.
La defensa oficial cuestionó el hecho del hurto y la falta de elementos típicos del delito.
Y planteó la acumulación de causas en trámite ante el Tribunal Oral Penal bajo el sistema mixto, con la misma clase de conducta hurtos en grados de tentativa.
Por eso solicitó la unificación de causas en razón del sistema conclusivo de causas. El fiscal se opuso.
El doctor Aldaz no hizo lugar al planteo de acumulación, ni oposición de la acusación; y si la acusación.
Finalmente, el 2 de diciembre se realizó una audiencia de ofrecimiento de prueba: el Fiscal ofreció 6 testigos, certificado médico, informe de reincidencia y un soporte digital.
La defensa se opuso al ofrecimiento de la declaración testimonial de la víctima porque no fue entrevistada por el fiscal de modo previo, y ofreció dos testigos.
El juez de garantía no hizo lugar a la oposición del ofrecimiento de declaración testimonial de la víctima, y admitió las pruebas ofrecidas por las partes, más las convenciones probatorias.
Nuevo Código Procesal Penal
El nuevo Código Procesal Penal se puso en vigencia el 1º de septiembre pasado en la 4º Circunscripción, que incluye Paso de los Libres, Monte Caseros y San Martín.
La segunda etapa avanzó sobre la 3º Circunscripción -Curuzú Cuatiá, Mercedes y Sauce-.
La próxima será en el mes de marzo en la 2º Circunscripción: Goya, Esquina, Lavalle y San Roque.
Oralidad, celeridad y transparencia
Uno de los cambios más relevantes de la nueva norma es que se deja de lado el recorrido burocrático del expediente para dar paso a las audiencias donde participan todas las partes, presentan sus inquietudes y el Juez de Garantías en el mismo acto debe tomar una decisión.
Las presentaciones judiciales se realizan por sistema informático a través de las oficinas judiciales (OFIJU) que en forma electrónica avisa a las partes para la realización de la audiencia.
Las audiencias, a excepción de aquellas sobre temas específicos, como violencia o abuso, serán públicas, por lo que se podrá escuchar a todas las partes.
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