Resolución de Inaes permite a cooperativas eléctricas volver a unificar su facturación

El Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (Inaes) dejó sin efecto una resolución del año 2018 y volvió a permitir que las cooperativas eléctricas emitan una única factura por el servicio de electricidad y los adicionales que se prestan a los usuarios. 


En Corrientes, la medida alcanza a las cuatro entidades del sector que forman parte del conjunto de empresas solidarias responsables de este servicio público en unas 600 localidades de 15 provincias. 

El Instituto nacional dictó la Resolución N° 582/2020 que deja sin efecto a la N° 3442 de fecha 16 de noviembre de 2018, por la cual se había ordenado a estas cooperativas a facturar la provisión de energía de forma autónoma e independiente de otros conceptos ajenos, como ambulancia y/o sepelio, etc. la nulidad de la resolución 3442/18, según la cual las distribuidoras de energía debían facturar el servicio de electricidad en forma autónoma e independiente de otros conceptos. 

Se trata de “una imposición que desde sus inicios contó con el constante reproche del sector, centralmente por la falta de visualización de las diversas realidades locales, sociales y sectoriales”, explicaron desde la Mesa. 

Desde la Mesa Nacional de Cooperativas Eléctricas venían reclamando al presidente del Inaes, Mario Cafiero, la nulidad de la Resolución 3442/18, considerada “una imposición que desde sus inicios contó con el constante reproche del sector, centralmente por la falta de visualización de las diversas realidades locales, sociales y sectoriales”

Finalmente, el organismo dictó la Resolución N° 528/2020 fundada en un nuevo análisis y en la función de regular las formas de facturación de las instituciones inscriptas en sus registros, a partir de un caso concreto de la provincia de Buenos Aires puesto a consideración. 

Entre otras cuestiones, menciona en los fundamentos que “aun haciendo mérito de los considerandos de la Resolución INAES N° 3442/2018, respecto de los derechos a la información de raigambre constitucional (artículo 42 de la C.N.) y de la defensa de los usuarios y consumidores regulados por la Ley N.° 24240, se advierte un exceso regulatorio al impedir que las cooperativas incorporen conceptos a la facturación del servicio de suministro de electricidad de los cuales el usuario posee la calidad de deudor”

“No se advierte existencia de ilicitud o abuso en tanto el sujeto pasivo de las obligaciones, en su calidad de asociado, usuario, consumidor o contribuyente, solo abona en cuanto le corresponda atender esas obligaciones”, argumenta el Inaes. 

En la provincia de Corrientes, existen cuatro cooperativas prestadoras del servicio de energía eléctrica: la Cooperativa de Servicios Públicos de Gobernador Virasoro; Cooperativa Agropecuaria y de Provisión de Servicios Integrales Comunitarios de Bella Vista; Cooperativa Agropecuaria y de Electricidad “Monte Caseros” y Cooperativa de Electricidad “Aguará”, también del departamento Monte Caseros.

Fedecoop.
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