Si sos representante de un comedor, merendero, grupo comunitario o un centro de atención infantil con o sin personería jurídica, podés solicitar ingresar al régimen especial para organizaciones que utilizan garrafas, el cual define un tratamiento asimilable al Programa Hogar.
El Centro Nacional de Organizaciones de la Comunidad recibe las solicitudes, confecciona el registro y lo envía al Ministerio de Desarrollo Productivo, que evalúa la solicitud y en caso afirmativo notificará a ANSES el alta en el beneficio.
¿A quién está dirigido?
Comedores, merenderos, grupos comunitarios o centros de atención infantil, tengan o no personería jurídica.
¿Qué necesito?
Ficha para registro de organizaciones aspirantes al beneficio de gas envasado.
Con este requisito cumplido se dará el alta provisoria a la organización.
Formulario del CENOC completo en todos los puntos, si tu organización cuenta con personería jurídica.
Si no cuenta con ella se deberá completar sólo hasta el punto 22.
En caso de contar con personería jurídica, se deberá enviar una foto o imagen del certificado de vigencia emitido como máximo 12 meses antes del momento de la presentación.
En caso de no contar con ella, se podrá enviar un reconocimiento del municipio como entidad de bien público, o bien un certificado emitido por algún organismo público de carácter provincial o nacional que acredite su existencia.
¿Cómo hago?
Deberás enviar en formato digital (word, pdf o foto legible) tanto la ficha como los requisitos al siguiente correo electrónico: garrafas@cenoc.gob.ar.
¿Cuál es el costo del trámite?
Gratuito.
Recordá que:
El beneficio del Programa Hogar para Entidades de Bien Público es incompatible con el Programa Hogar para personas.
Si ya sos beneficiario de este programa, deberás consignar los datos de una persona que no lo sea.
En un plazo menor a 90 días corridos de la fecha de presentación de la ficha, la organización deberá presentar el resto de la documentación para mantenerse en el registro de beneficiarios por 12 meses.
La no cumplimentación de ello implicará la baja del beneficio.
El beneficio del Programa Hogar para Entidades de Bien Público es incompatible con el Programa Hogar para personas.
Si ya sos beneficiario de este programa, deberás consignar los datos de una persona que no lo sea.
En un plazo menor a 90 días corridos de la fecha de presentación de la ficha, la organización deberá presentar el resto de la documentación para mantenerse en el registro de beneficiarios por 12 meses.
La no cumplimentación de ello implicará la baja del beneficio.
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