Juicio por incumplimiento de deberes de funcionario público

Se inició en el Tribunal Oral Penal de Goya el juicio contra Gerardo Bassi y Pedro Raimundi por supuestas anomalías en la operatoria de contratación de uso de maquinarias del Ejército Argentino. Tras la lectura de la acusación fiscal se pasó a un cuarto intermedio hasta el día viernes. 


El Tribunal, integrado por los doctores Julio Angel Duarte como Presidente, y Lucio López Lecube y Carlos A. Balestra como Vocales Subrogantes; entiende en la causa 18204/15 “BASSI GERARDO HORACIO Y RAIMUNDI PEDRO ALEJANDRO P/ INCUMPLIMIENTO DE LOS DEBERES DE FUNCIONARIO PUBLICO -GOYA”. 

Los imputados son Gerardo Horacio Bassi y Pedro Alejandro Raimundi. El primero cuenta con una defensa oficial, a cargo del doctor Ricardo Fondon; y el segundo con una defensa particular, a cargo del doctor Federico Sandoval Benetti. El Fiscal es el doctor Guillermo Ruben Barry. 

Esta mañana, se abrió el debate y luego de leer la acusación fiscal de elevación de la causa a juicio, el doctor Fondón solicitó un cuarto intermedio para interiorizarse sobre el caso, ya que asumió la defensa el viernes 17. 

Fundamentó su pedido en lo voluminoso del expediente, que cuenta con 6 cuerpos. El Tribunal hizo lugar al pedido, por lo que la audiencia se reanudará el viernes 24 a las 9 horas. 

El hecho descrito en la Requisitoria Fiscal de Elevación a Juicio señala “El día 13 de Noviembre de 2014 los procesados Gerardo Horacio Bassi (Intendente Municipal) y Pedro Alejandro Raimundi (Secretario de Hacienda y Economía), ambos de esta ciudad de Goya (Ctes.), resolvieron aprobar el pago a los proveedores Alberto Fabián Espíndola, Gabriel Osmar Giménez y Rubén Guillermo Cáneva, mediante los Exptes. N° 15456/14, por la suma de $57.780, N° 15498/14 por el monto de $38.000 y N° 15499/14, por la suma de $82.176, respectivamente, en razón de haber prestado los mismos servicios en varios eventos del Batallón de Ingenieros de Monte XII de Goya”

“Esas erogaciones se imputaron a compensar los trabajos efectuados por esa fuerza, en el marco del Acuerdo “Marco de Apoyo a la Comunidad”, para la utilización de maquinaria vial en el Programa “Mi Barrio Puede”, firmado en fecha 19/05/2014, omitiendo la aplicación del procedimiento previsto por la Ley de Administración Financiera de la Provincia N° 5571, y el Decreto Reglamentario 275/13, que establece los montos que determinan el trámite de concurso de precios por importes superiores $20.750, habiéndose eludido éste, mediante el fraccionamiento de la facturación para dividir los montos totales, obrando con pleno conocimiento de la situación que exige la aplicación de la ley referida, y voluntad de no ejecutarla, sin que exista ninguna causa legal que justifique su accionar”. 

El delito “INCUMPLIMIENTO DE LOS DEBERES DE FUNCIONARIO PÚBLICO (art. 248 del C.P.)” prevé una pena de un mes a dos años de prisión e inhabilitación por doble tiempo de la condena.

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