El Concejo Deliberante de Concordia aprobó -por unanimidad- la ordenanza "Pirotecnia Cero". La norma establece prohibiciones explicitas a cumplir desde junio del 2017.
El Concejo Deliberante de Concordia sancionó la Ordenanza "Pirotecnia Cero". Foto: diarioriouruguay. |
La medida, que unificó los proyectos presentados por los concejales Amadeo Cresto (FPV) y Esteban Benítez (Cambiemos), comenzará a aplicarse en 6 meses, quedando prohibido en todo el territorio de la ciudad de Concordia la tenencia, detonación, comercialización, transporte, almacenamiento, fabricación, venta minorista, mayorista y el uso particular de todo elemento de pirotecnia.
Luego de un extenso debate, que incluyó el tratamiento del tema en las reuniones del Concejo en Comisión y también una audiencia pública impulsada por el Concejal Benítez meses atrás; este jueves se aprobó con el apoyo unánime de los ediles de los tres bloques, la normativa que tiene como principales objetivos minimizar el efecto negativo que produce la utilización de pirotecnia sobre el ambiente, los animales y los seres humanos; en particular en aquellas personas vulnerables a sus efectos, como quienes padecen autismo, hipertensión o problemas psicológicos y/o psiquiátricos.
"No fue fácil, costó unificar criterios, ponernos de acuerdo, pero celebro que ante la presión extorsiva de parte de la cámara empresarial a través de una carta documento, decidimos sancionar la prohibición total del uso y la venta de pirotecnia y que su aplicación sea a partir de los 6 meses" señaló Esteban Benitez.
Amadeo Cresto agradeció emocionado el apoyo de todos sus compañeros a esta ordenanza. "La decisión política de esta gestión es cuidar a los ciudadanos y a los animales. No fue un tema fácil, porque se trata de un tema cultural, pero lo logramos gracias al diálogo profundo que existe entre quienes componen los distintos bloques".
Luego de referirse a su trabajo ligado al cuidado de los animales y a su rol como responsable de la Sociedad Protectora de Animales años atrás, Cresto expresó "estoy feliz, hoy se concretó una lucha de vida de muchas personas. Quiero compartirlo con la persona que me enseñó el amor por los animales que era mi vieja y se me fue hace poco".
Incumplimientos a la ordenanza
Según consta en los artículos 9° y 10° de la normativa aprobada, el incumplimiento será sancionado con multa de diez (10) a doscientos (200) juristas. Siendo la autoridad de vigilancia y control la Dirección de Inspección General de la Municipalidad de Concordia y el Juzgado de Faltas quien aplique las multas y sanciones.
Un dato a destacar es que en el caso que quien cometa la infracción sea un menor de 18 años, "responderá aquella persona a cuya guarda o cuidado se encontrare el menor al momento de cometer la infracción".
En los casos en que las acciones previstas en las prohibiciones tengan finalidad comercial el mínimo de la pena será elevado a cincuenta (50) juristas, y se podrá disponer además la clausura del local, comercio, deposito o sus anexos hasta por noventa (90) días.
Carta documento de Cienfuegos
En relación a la misiva enviada por la empresa, dedicada a la elaboración y comercialización de pirotecnia, fueron los concejales Alberto Armanazqui y Daniel Cedro quienes dejaron asentada su postura, "es una vergüenza que estén presionando a este honorable cuerpo, pusimos la mayor voluntad posible para escuchar a todas las partes y ser lo más justos posibles, pero con esta amenaza sinceramente no habría que esperar siquiera los 6 meses para aplicar esta normativa" sostuvo Armanazqui.
Por su parte Daniel Cedro indicó que como empresa no pueden pretender que un organismo legislativo deje de lado sus funciones, "a nosotros nos toca legislar acerca de lo que creemos propio para la ciudad. En buena hora que presenten un amparo, entiendo y respeto que tengan una ley nacional pero en ningún modo prohíbe que el concejo deliberante local regule la acción en donde le compete".
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