Novedades del caso Asociación Mutual Galco

En los últimos días se produjeron novedades judiciales en el caso Asqueri Alfredo c/Asociación Mutual Galco s/Laboral Expediente Nº 4811/13.


De acuerdo con información suministrada por José Zamboni que sigue el proceso judicial junto a otros afiliados a la mutual, la Cámara de Apelaciones de Curuzú Cuatiá formuló la sentencia nº 90 en la que se ratifica lo actuado por el Juez Civil, Comercial y Laboral, César Rafael Ferreyra de Monte Caseros.

Con motivo de la preocupación que generó en los socios, la Mutual en su momento sacó un comunicado en el que se explicaba lo siguiente: 

La ASOCIACIÓN MUTUAL "GALCO", como entidad sin fines de lucro, prestadora de un Servicio público único en nuestra comunidad de Monte Caseros, en los últimos días ha sido objeto de comentarios de socios y no socios, que han puesto en duda la continuidad de su prestación de servicios. 

Por ello, la Comisión Directiva actual, se ve en la obligación de emitir el presente comunicado de prensa con el fin de poner blanco sobre negro y llevar consigo tranquilidad a sus socios en primer lugar y en definitiva a todos los usuarios del servicio público que prestamos y continuaremos prestando:

HECHOS: En los últimos días por varios medios de comunicación se a puesto en duda la continuidad de la MUTUAL GALCO como prestadora de los servicios en nuestro medio. Desde ya informamos a socios y comunidad toda, que la ASOCIACIÓN MUTUAL GALCO no dejará de prestar sus servicios.

Los comentarios mal habidos surgen como consecuencia de una acción Judicial Laboral que tiene como actor al señor ALFREDO ASQUERI, y como demandada a la ASOCIACIÓN MUTUAL GALCO.

Causa Judicial que se tramita en el Juzgado de 1ª Instancia Civil, Comercial y Laboral de ésta ciudad a cargo del Dr. César H. E. Rafael Ferreyra, Juez y Dra. María Haydee Rabella, Secretaria. En donde se dictó sentencia en 1ª Instancia, habiendo nuestra parte Planteado Recurso de Apelación y Nulidad de dicha sentencia, por no estar de acuerdo con la misma, y habiéndose planteado además dos Recursos de Apelación en la audiencia de trámite también.

Se hace saber a todos los interesados que la MUTUAL utilizará todas las herramientas legales en todas las Instancias Judiciales, en búsqueda de la verdad y la justicia. Y evitará todo tipo de perjuicio económico que se pretenda hacer en contra de los intereses de la Asociación Mutual Galco.

Por recomendación de nuestro Abogado no nos explayaremos en la causa antes mencionada, ya que desde el comienzo de dicha causa el Señor ASQUERI se da en situación de despido (siendo que la Mutual nunca lo despidió). Además nuestra parte rechazó el pago de una indemnización por considerar a la misma injusta, como así en cada etapa que el Juez resolvió y nuestra parte no estuvo de acuerdo con lo resuelto, las Resoluciones del Juez fueron debidamente Apeladas en tiempo y forma, Recursos que se resolverán en la Cámara de Apelaciones y si no estamos de acuerdo con lo que Resuelva la Cámara, Recurriremos al Superior Tribunal de Justicia y si no estamos de acuerdo con lo resuelto por el Superior Tribunal de Justicia de la provincia de Corrientes, Recurriremos a la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

A los que están apurados por pagar y/o por cobrar, les decimos que la Mutual pagará lo que corresponda en derecho y con sentencia firme el día que haya que pagar y siempre y cuando corresponda.

A los que acusan y dejan entrever una supuesta mala praxis de los profesionales contratados por la Asociación Mutual Galco, les decimos en nuestra condición de representantes de ésta asociación confiamos y seguiremos confiando no solo en las condiciones profesionales de nuestro Abogado, sino también confiamos en su buen hacer como persona de bien y en su honestidad. Habiendo estado presente en la última asamblea justamente dando explicaciones de la causa ASQUERI C/GALCO S/LABORAL.

Con relación a la causa Judicial debe tenerse presente que han sido dos empleados, un ex Presidente y un socio de la Mutual Galco, quienes declararon en contra de los intereses de la mutual Galco y en favor de los intereses del Señor ASQUERI, así que mal podemos hacer culpable al Abogado de los resultados en 1º Instancia.

Pero, reiteramos la causa Judicial "ASQUERI, Alfredo c/ ASOCIACIÓN MUTUAL GALCO s/LABORAL" Expte. Nº 4811/13 NO TIENE SENTENCIA FIRME AUN. Así que nada hay que arreglar ni pagar todavía. A quienes están interesados en que se pague o arregle les decimos que sigan esperando.

A nuestros socios y Comunidad en General les decimos que la ASOCIACIÓN MUTUAL GALCO seguirá prestando el servicio Público de sepelio, siendo el único prestador del mismo en nuestra ciudad y comunidades aledañas, tratando de mejorarlo cada día más, aprovechando el presente para invitarlos a todos y cada uno de Uds. a acercarse y participar activamente en la construcción y toma de decisiones en el momento oportuno, en forma voluntaria solidaria y desinteresada, como lo hicieron sus fundadores, aquellos empleados ferroviarios que ante una necesidad se unieron para afrontarla con el esfuerzo de todos, y así continuamos y continuaremos haciéndolo. MONTE CASEROS,  CTES. 26 de Octubre del año 2015.

Firmado por: Jorge Aldo Duarte, Presidente de la Asociación Mutual Galco y Miguel Ángel Sanchez, Tesorero. 
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