La defensa del encausado presentó una impugnación por vicios procesales, que el Juez Alegre hizo lugar.
22-08-25
M.I.H Alias "Nachito" recuperó la libertad, luego que su defensa presentara una impugnación por vicios procesales* en la causa que lo tienen como imputado de delitos contra la propiedad privada en cuatro expedientes, dos con el código penal anterior y otros dos con el nuevo.
"Nachito" había sido sentenciado el 14 de agosto pasado a cumplir prisión preventiva por reiterancia, algo que Alegre apoyó amparado en el CPP art. 232 inc. i.
Fundamentado en el art. 224 inc. C del CPP que reza:
"ART. 224, INC. C DEL CPP: las condiciones personales del imputado, especialmente el número de delitos que se le imputaren y el carácter de los mismos y /o la existencia de otra u otras investigaciones penales en su contra en las que se le haya formalizado la imputación y/o la constatación de aprehensiones y/o detenciones previas y/o la existencia de condenas anteriores y/o la alta probabilidad de que el imputado se vincule a otro u otros hechos delictivos dolosos”.
La fiscalía no quedó conforme con la decisión del Juez de Garantías por lo que presentó una petición ante la Cámara, para que revise lo actuado por Alegre, algo cuyo resultado se conocerá recién la semana que viene.
Por el momento "Nachito", goza de su libertad ambulatoria sin restricción alguna.
*Los vicios procesales en materia penal son defectos en el cumplimiento de las normas y formalidades establecidas en el procedimiento penal que pueden llevar a la ineficacia o nulidad de los actos procesales.
Estos vicios pueden afectar la validez de las decisiones judiciales, ya sea por la aplicación defectuosa de reglas procesales, la inobservancia de formalidades esenciales o la falta de motivación en una resolución, y su objetivo es proteger los derechos y garantías de los intervinientes en el proceso.