Bebé hallado muerto en un contenedor: Se notificó oficialmente la autopsia

Fuentes judiciales confirmaron a Diario Río Uruguay que el médico forense notificó -de manera formal- el resultado de los estudios realizados al cuerpo de la criatura. 

Foto: diarioriouruguay.com.ar
Lo conocido este mediodía perfila la carátula que tendría el caso. 

Mientras que una pareja de jóvenes continua detenida y a la espera de la imputación formal por parte del Ministerio Público Fiscal para la correspondiente indagatoria, en el mediodía de este miércoles hubo una reunión determinante entre el fiscal Fabio Zabaletta -quien lleva adelante la investigación- y el médico forense que realizó la autopsia al cuerpo descubierto en un contenedor del barrio La Bianca de Concordia. 

Según pudo establecer Diario Río Uruguay, el médico judicial informó que se estaría ante un caso de aborto inducido, con un trabajo de parto sin signos de violencia y con un bebé que habría nacido sin vida. 

Esta síntesis, que comprime aspectos más detallados y varios tecnicismos, encaminaría a que la causa finalmente quede caratulada como un caso de aborto, ya que -de no surgir otros elementos- no habría elementos que sostengan un posible homicidio agravado, para lo cual hubiera sido necesario confirmar que el bebé hubiese estado con vida tras salir del cuerpo de su madre. 

Si bien aún no hubo una confirmación oficial al respecto, si la causa se perfilara en este camino, vale traer a colación que el Código Penal Argentino especifica el castigo que le corresponde tanto a la mujer embarazada, como así también a cualquier persona que colaborara en dicha práctica. 

En ese conjunto de normas que conforman el Código se remarca que “el que causare un aborto”, papel que podría sindicarse al joven de 26 años, “será reprimido con reclusión o prisión de uno a cuatro años, si obrare con consentimiento de la mujer”, como aparentemente habría ocurrido en este hecho. 

Asimismo, el ARTICULO 88 del mismo Código Penal puntualiza que “será reprimida con prisión de uno a cuatro años, la mujer que causare su propio aborto o consintiere en que otro se lo causare”.

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