Así lo expresa la Disposición N° 1769 de la Subsecretaría de Trabajo donde dice que argumenta: "la falta de fundamento legal de la decisión del SUTECO".
Para el ente provincial
"la decisión de la entidad gremial no se encuentra ajustada a Derecho
por incumplimiento al artículo 2 de la Ley 14786, además de otros
argumentos por lo cual no es factible que la medida convocada pueda ser
tenida como ajustada a derecho...".
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